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ARTICLE: LEY APLICABLE AL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DESPUÉS DE LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO UE 2016/1104

29 diciembre 2019

LEY APLICABLE AL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DESPUÉS DE LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO UE 2016/11041

María José Cazorla González Profesora Titular de Derecho civil Universidad de Almería-SEJ235 (CIDES-CEIA3) E-mail: mcazorla@ual.es

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RESUMEN: Se analiza la competencia del órgano jurisdiccional para disolver el divorcio y la ley aplicable al régimen económico matrimonial de un matrimonio transfronterizo cuya demanda se presenta cuando el Reglamento 2016/1103 ya está en vigor, y los cónyuges pueden a través del principio de libre elección determinar o cambiar de común acuerdo la ley aplicable a su régimen económico matrimonial entre la que se encuentra la residencia habitual; ya que aparecen dos perspectivas diferentes entre la aplicación del derecho civil nacional y el derecho a la movilidad transfronteriza en el territorio comunitario para todo ciudadano europeo. Así las disposiciones del Reglamento 1103 no restringen la aplicación de las leyes de policía de la ley del foro (nacional) y la cuestión de orden público como causa para rehusar la aplicación de la ley nacional de un Estado, queda matizada tal y como se recogen en sentencias del TJUE y en la aplicación del Reglamento desde diferentes escenarios a través de un caso hipotético, que pretende clarificar la aplicación del Reglamento (UE) 2016/1103.

Palabras clave: competencia; ley aplicable; regímenes económicos matrimoniales; matrimonios transfronterizos

ABSTRACT: It analyses the jurisdiction of the court to dissolve the divorce and the law applicable to the matrimonial property regime of a cross-border marriage for which the application is made when Regulation 2016/1103 is already in force, and the spouses can, by means of the principle of free choice, determine or change by common agreement the law applicable to their matrimonial property regime, including the law of habitual residence; since two different perspectives appear between the application of national civil law and the right to cross-border mobility on Community territory for every European citizen. Thus the provisions of Regulation 1103 do not restrict the application of the mandatory rules of the law of the forum (national)

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1 Trabajo desarrollado en el proyecto PERSONALIZED SOLUTION IN EUROPEAN FAMILY AND SUCCESSION LAW (PSEFS) concedido por el programa de la Unión Europea JUSTICE en la convocatoria: JUST-JCOO-AG-2017.